¡Por el derecho universal de asilo y refugio!
¡Regularización extraordinaria de los extranjeros en España!
La guerra de Ucrania ,en sus primeros días, ha logrado con sus efectos perniciosos reventar los muros artificiales de las fronteras de la Europa de la UE . Se estima por la ONU en cinco millones de personas, la mayoría mujeres y niños (por la negativa del gobierno ucraniano a dejar salir del país a los hombres en edad militar);las que abandonaran el teatro de la guerra; cruzando fronteras que hasta hace pocos días parecían infranqueables. Las máximas autoridades de la Unión Europea acordaron, por mandato de la OTAN, acoger masivamente a los refugiados ucranianos durante un periodo máximo de tres años sin necesidad de que se solicite el derecho de asilo.
Los Estados miembros de la UE han ofrecido ayuda interesada a los millones de evacuados, preparando alojamiento de viviendas , la gratuidad en el transporte público, y la apertura del mercado de trabajo, con la consiguiente cobertura alimentaría y médica. Activando para ello la “Directiva de Protección Temporal” de 2001, que en su día se estableció tras la guerra de la ex- Yugoslavia, directiva que nunca fue aplicada .
Esta Norma que obliga a los Estados miembros a acoger y ofrecer ayuda a los que huyen de terceros países, promoviendo un reparto equitativo del esfuerzo que ello supone . De forma, que todos los acogidos reciben de forma automática el estatuto de refugiado. El art.1o. de la norma así lo establece: ”La presente Directiva tiene por objeto establecer normas mínimas para la concesión de protección temporal en caso de afluencia masiva de personas desplazadas procedentes de terceros países que no puedan volver a su país de origen , y fomentar un esfuerzo equitativo entre los Estados miembros para acoger a dichas personas y asumir las consecuencias de su acogida”
Actualmente la generalización de las guerras y de las hambrunas han expulsado -según la ONU- a 82 millones de personas fuera de sus lugares de origen ,siendo , de ellas,26,4 los millones de personas que han conseguido el estatuto de refugiados.
La anterior gran crisis de refugiados de 2015 concito todas las resistencias de la Unión Europea, y de los países miembros, en particular de los del Este de Europa. Entonces un millón de personas cruzaron el Mediterráneo como refugiados o inmigrantes procedentes de la Guerra de Siria, siendo entonces rechazados en las fronteras de la UE, y aparcados por millones en campos de concentración en Jordania y Turquía, y aún en Grecia.
Diariamente la UE, y los países del Sur de Europa han rechazado a los refugiados de Libia, de Mali y el Sahel, de la larga guerra del Yemen . Devolviendo ilegalmente a los que lograban el cruce de fronteras.
Toda la política de puertas cerradas de la UE ha quedado en nada ante las primeras consecuencias de la guerra de Ucrania , creando una situación de discriminación y de desigualdad con todos los demás inmigrantes y solicitantes de asilo y refugio, conculcando la UE, y los Estado miembros un derecho que tiene naturaleza universal.
La Convención de Ginebra de 1951 sigue siendo, después de 70 años, el marco del derecho internacional que regula el derecho de refugio, derecho que es a todos los efectos un derecho universal. La UE, y los Estados miembros lo incumplen de forma manifiesta con formulas racistas e imperialistas. En los últimos años los refugiados que han sido rechazados, y/o devueltos en las fronteras de la UE han sido en su mayoría personas asiáticas, africanas y latinoamericanas.
Las fronteras coloniales de Ceuta y Melilla son el mejor ejemplo de las políticas contrarias a los derechos humanos, de forma y manera que el mar Mediterráneo se ha convertido , gracias a ellas, en la mayor fosa común de emigrantes del mundo: Los malos tratos policiales, la represión sistemática , y las devoluciones en caliente(prohibidas por la legislación internacional) se han convertido en políticas diarias del Estado Español, incluyendo niños y adolescentes. Actuación reiterada de los gobiernos de todos los colores en abierta contradicción con el principio de no devolución, y del art.13-4 de la Constitución Española, incumpliendo lo establecido en misma Ley 12/2003 Reguladora del Derecho de Asilo , y de Protección Subsidiaria.
La práctica política contraria a los derechos humanos ha llegado al extremo de que entre nosotros se encuentran más de medio millón de personas sin documentación legal (“sin papeles”), trabajando y viviendo como esclavos modernos en la clandestinidad. Utilizados como mano de obra barata, en particular en las tareas agrícolas.
La Ley Orgánica 4/2000 resulta a todas luces un tremendo despropósito que hay que resolver y superar mediante la Regularización Extraordinaria de todas las personas extranjeras en España, acabando con los CIES.
¡Por el cumplimiento del Derecho Internacional , y en particular del derecho de asilo y refugio para todos !.¡ Por la regularización extraordinaria de todos los extranjeros en España
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